Cada vez son más las parejas que optan por no casarse pero que quieren disfrutar de ciertos derechos y deciden convertirse en pareja de hecho. Esta figura jurídica, reconocida en la mayoría de comunidades autónomas, ofrece seguridad legal sin necesidad de contraer matrimonio.
La pareja de hecho es la unión estable de dos personas que conviven de forma pública y notoria con una relación afectiva análoga a la conyugal. Aunque no supone un matrimonio, sí permite acceder a determinados derechos, especialmente si se formaliza mediante inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
Los requisitos varían según la comunidad autónoma, pero en términos generales son:
En Andalucía, la inscripción se realiza en el Registro de Parejas de Hecho, dependiente de la Junta. Este registro otorga un reconocimiento oficial que facilita el acceso a prestaciones y derechos sociales, como permisos laborales, herencias o beneficios fiscales en algunos casos.
Entre los principales derechos reconocidos a las parejas de hecho están:
Aunque comparten similitudes, existen diferencias importantes:
Las parejas de hecho pueden formalizar pactos notariales para regular cuestiones patrimoniales, régimen económico o reparto de bienes. Estos pactos dan seguridad jurídica y evitan conflictos en caso de ruptura.
A diferencia del matrimonio, no existe un régimen económico legal predeterminado. Por ello, es recomendable pactar de antemano cómo se gestionarán los bienes comunes y las obligaciones económicas de cada miembro de la pareja.
Si la pareja tiene hijos, se aplican las mismas normas que en un matrimonio: habrá que determinar la custodia, la pensión de alimentos y el régimen de visitas. Estos aspectos deberán quedar reflejados en un acuerdo homologado judicialmente en caso de conflicto.
La ruptura de una pareja de hecho plantea problemas similares a los de un matrimonio. Será necesario resolver cuestiones sobre custodia de hijos, pensiones, uso de la vivienda y reparto de bienes. La jurisprudencia suele aplicar principios como el enriquecimiento injusto o la protección del conviviente más perjudicado.
En algunos casos, los tribunales reconocen el derecho a una pensión compensatoria o indemnización, especialmente cuando uno de los convivientes ha quedado en situación de desventaja económica tras la ruptura.
La pareja de hecho es una opción cada vez más frecuente para quienes desean estabilidad y derechos sin casarse. Sin embargo, su regulación no es idéntica en todas las comunidades autónomas, lo que hace imprescindible contar con un abogado especialista en parejas de hecho en Sevilla. Nuestro despacho puede guiarle tanto en la inscripción como en la redacción de pactos notariales o en caso de ruptura, garantizando seguridad jurídica en todo momento. Puede contactar con nosotros.