La pensión de alimentos es la cantidad económica que debe abonar el progenitor que no convive habitualmente con los hijos, con el fin de contribuir a su cuidado, educación, manutención y gastos básicos. Su finalidad es garantizar que los menores mantengan unas condiciones de vida adecuadas tras la separación o el divorcio.
En caso de separación o divorcio, la obligación recae sobre el progenitor que no tenga la custodia principal de los hijos. No obstante, incluso en supuestos de custodia compartida, puede fijarse una pensión si existe un desequilibrio económico entre los padres.
La cuantía no es fija, sino que depende de diversos factores:
Si no hay acuerdo entre las partes, será un juez quien determine la cantidad, siempre en función del interés superior del menor.
Además de los ingresos y el nivel de vida, los jueces suelen aplicar tablas orientadoras de pensiones alimenticias publicadas por el Consejo General del Poder Judicial, que sirven de referencia para calcular las cantidades según el salario del progenitor y el número de hijos.
La pensión de alimentos incluye tanto los gastos ordinarios como los extraordinarios:
Se consideran extraordinarios aquellos que son imprevisibles y necesarios, como una operación médica, tratamientos de ortodoncia o actividades escolares especiales. Suelen abonarse al 50% por cada progenitor, salvo que se acuerde lo contrario.
En regímenes de custodia compartida, puede parecer que no es necesario fijar pensión, pero no siempre es así. Si existe una gran diferencia económica entre ambos progenitores, el juez puede establecer una pensión para equilibrar las condiciones de vida de los hijos en ambos hogares.
La obligación de abonar la pensión de alimentos se mantiene hasta que los hijos logran independencia económica. Esto significa que, aunque alcancen la mayoría de edad, los padres deben seguir contribuyendo si los hijos estudian, no tienen empleo o carecen de ingresos suficientes para mantenerse por sí mismos.
Si el progenitor obligado no cumple con el pago, se puede solicitar la ejecución de la sentencia. El juez puede ordenar embargos de nóminas, cuentas bancarias o bienes para garantizar el abono de la pensión. El incumplimiento reiterado puede incluso conllevar responsabilidades penales.
Cuando cambian las circunstancias económicas (pérdida de empleo, disminución de ingresos, nuevas cargas familiares), es posible solicitar una modificación de medidas para reducir la cuantía. Este procedimiento requiere demanda judicial y pruebas documentales.
La pensión de alimentos es un derecho de los hijos y un deber de los progenitores. Garantiza su desarrollo integral y evita que sufran las consecuencias económicas de la separación de sus padres. Contar con el apoyo de un abogado especialista en pensiones de alimentos en Sevilla es fundamental para calcular correctamente la cuantía, reclamar en caso de impago o solicitar su modificación. Nuestro despacho puede asesorarle para proteger a sus hijos y asegurar el cumplimiento de sus derechos. Puede contactar con nosotros.